En el día de hoy se celebra el Día universal del niño que, dejando aparte que cada país tenga una fecha diferente propia como Día del niño, conmemora la aprobación de la Convención sobre los Derechos del Niño el 20 de noviembre de 1989.
Esta Convención supuso la primera ley internacional sobre los derechos de la infancia y reúne en un único texto los derechos civiles, políticos, sociales, económicos y culturales de los niños y niñas de los estados firmantes que quedan comprometidos a destinar todos los esfuerzos que sean necesarios para garantizar que cada niño y niña goce plenamente de todos sus derechos.
El tratado consta de 54 artículos por lo que vamos a mencionar algunos de los derechos que tienen más relación con el ámbito de la psicología infantil. Si quieres leer el texto al completo puedes revisarlo aquí.
- NO DISCRIMINACIÓN: Todos los niños y niñas disponen de todos los derechos del presente tratado sin distinción alguna e independientemente de la raza, sexo, nacionalidad, religión, idioma, etnia, posición económica o cualquier otra condición del niño/a o de sus padres.
- INTERÉS SUPERIOR DEL NIÑO: Todas las medidas adoptadas respecto de los infantes deben estar basadas en la protección y cuidados necesarios para el bienestar de los/las niños/as.
- SEPARACIÓN DE PADRES Y MADRES: Los infantes tienen derecho a vivir con sus padres y que no sea separado de ellos en contra de su voluntad excepto en los casos en los que la separación sea necesaria por el interés superior del niño (por ejemplo maltrato).
- OPINIÓN DEL NIÑO: El niño tiene derecho a expresar su opinión y que ésta sea tenida en cuenta en todos los asuntos que le afectan (incluso jurídicos/administrativos por medio de un representante).
- LIBERTAD DE EXPRESIÓN Y DE PENSAMIENTO: Las/los niñas/os tienen derecho de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de todo tipo así como tener libertad de pensamiento, conciencia y religión.
- PROTECCIÓN CONTRA LOS MALOS TRATOS: Es obligación del estado proteger a las/los niñas/os de todas las formas de malos tratos causados por los padres y/o cuidadores.
- NIÑOS IMPEDIDOS: Los niños mental y/o físicamente impedidos tienen derecho a recibir cuidados y educación destinados a lograr su autosuficiencia e integración activa en la sociedad.
- SALUD Y SERVICIOS MÉDICOS: Derecho a disfrutar del más alto nivel de salud posible y tener acceso a los servicios médicos y de rehabilitación.
- NIVEL DE VIDA: Todo niño tiene derecho a beneficiarse de un nivel de vida adecuado para su desarrollo. Proporcionárselo es responsabilidad de los padres y madres y los estados deben adaptar las medidas necesarias para que puedan asumir dicha responsabilidad.
- EDUCACIÓN: Derecho a recibir educación a fin de que el/la niño/a desarrolle su personalidad y sus capacidades para prepararlo para la vida adulta.
- ESPARCIMIENTO: Todos los niños y niñas tienen derecho al descanso, a jugar y a participar en actividades artísticas y culturales.
- PROTECCIÓN: Es obligación del Estado proteger a las/los niñas/os contra el desempeño de cualquier trabajo nocivo para su salud, educación y/o desarrollo, contra la explotación y los abusos sexuales, así como contra el maltrato, tortura y la privación de libertad.
Para terminar, os dejamos un enlace a uno de los vídeos realizados por Unicef con motivo del Día mundial del Niño. ¡Que lo disfrutéis!